Súper moratoria de AFIP: cinco claves de la medida

La irrupción del  COVID-19 a nivel global puso a los gobiernos de todo el mundo en la difícil tarea de gestionar la emergencia sanitaria. Al mismo tiempo, los Estados tuvieron que pensar estrategias para amortiguar las terribles consecuencias económicas producidas por el confinamiento forzoso. Entre las medidas que se podrían adoptar en Argentina, debemos mencionar la súper moratoria de AFIP.

Hace algunas semanas hablamos de la feria fiscal creada para frenar el impacto de la pandemia en las PyMES. Esta implicó la extensión de todos los plazos procedimentales en materia impositiva, aduanera y de la seguridad social. Es decir, ante a un requerimiento administrativo del organismo, no se computarían los días hábiles comprendidos entre el 18 y el 31 de marzo de 2020, fecha en la que inició el confinamiento obligatorio en Argentina.

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Súper moratoria de AFIP, en detalle.

La medida de prolongar la cuarentena obligatorio en varias oportunidades para evitar el colapso del sistema de salud, hizo que casi comenzado agosto, regiones, como Buenos Aires (Ciudad y provincia), permanezcan en fases de confinamiento más severas. Frente a este contexto, el Poder Ejecutivo envió a la  Cámara de Diputados de la Nación el proyecto para ampliar el alcance de la Moratoria 2020. La misma fue creada por la Ley de Solidaridad Social y Reactivación Productiva que ya incluía otras medidas de AFIP para Pymes.

¿Qué contempla la súper moratoria de AFIP?

“El objetivo es que las empresas puedan salir de esta crisis con una menor carga, para que cuando termine esta pandemia estén reestructuradas sus deudas y así crecer de manera sólida, con una economía en crecimiento a través del trabajo de todos los argentinos», aseguró el ministro de Desarrollo Productivo, Matías Kulfas.

En esta línea, la medida que podría ser aprobada en las próximas semanas, contempla lo siguiente:

Universo de contribuyentes.

Una de las principales claves de la súper moratoria de AFIP es que pretende ampliar el universo de contribuyentes que son alcanzados por la prórroga.

Anteriormente, la medida estaba dirigida a micro, pequeñas y medianas empresas, monotributistas, autónomos y entidades sin fines de lucro. En caso de aprobarse la súper moratoria de AFIP, todas las personas jurídicas y humanas podrán adherirse a la misma. Esto incluye, además de los mencionados, a las grandes empresas que antes quedaban fuera de este alivio fiscal.

Deudas contempladas en la medida.

La súper moratoria de AFIP implica la extensión de todos los plazos de deudas impositivas, previsionales y aduaneras. Además de ello, la medida establece una condonación total de multas y parcial de intereses. Esto implica que si un contribuyente o empresa recibe un aviso de AFIP para presentar información o responder a un oficio, la fecha de vencimiento se extiende y pasa para más adelante. Entre otros trámites, la moratoria alcanza a:

  • Citaciones.
  • Intimaciones de pago.
  • Multas.
  • Sumarios.
  • Descargos.
  • Clausuras.
  • Requerimientos de fiscalización.

 

Plazos y vencimientos.

En el caso de los plazos y vencimientos de esta moratoria hay diferentes situaciones en función del tipo de deuda. En principio, la medida establece que se podrán incluir deudas vencidas hasta el 30 de junio de 2020 inclusive. En cuanto al plazo para adherirse a la moratoria, en el proyecto se fijó el 31 de octubre de 2020 como el último día para hacerlo.

Una vez que un contribuyente o empresa se adhiera a la moratoria, tendrá que contemplar que la primera cuota de este plan para regularizar deudas ante AFIP vencerá el 16 de noviembre de 2020. ¿Cómo son los plazos de las deudas?  En este caso, debemos decir que los plazos se relacionan al tipo de deuda que se quiera saldar.

  • Para las obligaciones relacionadas a las cargas sociales, los plazos serán de hasta 48 o 60 cuotas. 48 cuotas para grandes empresas y 60 cuotas para PyMES.
  • Para las obligaciones tributarias y aduaneras, los plazos para regularizar la deuda serán de hasta 96 o 120 cuotas. 96 cuotas para grandes empresas y 120 cuotas para PyMES.

Tasa de interés.

Como dijimos antes, una de los puntos que se establece en el proyecto del Ejecutivo sobre la súper moratoria de AFIP es la condonación parcial de intereses para las deudas de los contribuyentes. Además de ello, también se marca una tasa de interés fija del 2% mensual. Esta tendrá vigencia hasta enero de 2021.

¿Qué ocurrirá a partir de entonces? A partir de ese momento, la tasa de interés será variable. Es importante decir que siempre la tasa está fijada en pesos. Además, se reformularán los planes que ya hayan ingresado a la moratoria para que también esa sea la tasa que rija su plan de pago.

Grandes empresas.

La súper moratoria de AFIP también establece algunas condiciones enfocadas especialmente en las grandes empresas. Estas ahora pueden ser alcanzadas por el alivio fiscal, pero con algunos reparos.

El proyecto establece que durante 24 meses, las empresas de mayor tamaño que participen de la moratoria no podrán distribuir dividendos. Esto implica que no podrán realizar operaciones con títulos para eludir la normativa cambiaria. Así como tampoco podrán acceder al mercado cambiario para realizar pagos a entidades asociadas.

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Las medidas buscan reactivar y beneficiar a las PyMEs.

Súper moratoria de AFIP, opiniones encontradas.

De acuerdo con la titular de AFIP, Mercedes Marcó del Pont, los problemas que arrastraban las familias, los comercios y las empresas se extendieron a todo el sector productivo debido al COVID-19. Por ello, desde el gobierno aseguran que esta medida es el primer paso del plan de salida de la cuarentena. Una iniciativa que pretende, sobre todo, cuidar el empleo y al sector privado que es el que lo genera.

Sin embargo, expertos en el tema, como Iván Sasovsky, CEO de Sasovsky & Asociados, están en desacuerdo con la medida. Este asegura que la moratoria resulta inoportuna porque “lo peor de esta recesión no pasó y se van a dejar afuera los peores meses, en los que las empresas ya han agotado todas sus fuentes de financiamiento”.

Además, señaló que sería mejor debatir bajas en los impuestos, como ya se realiza en otras partes del mundo, y no optar por parches de moratorias y condonaciones permanentes “cuando en realidad el problema es el peso de todos los impuestos juntos en las espaldas de muy pocos”, enfatizó Sasovsky. La Comisión de Presupuesto y Hacienda ya está debatiendo la medida y en cuestión de semanas podría anunciarse su aprobación.

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