Retenciones bancarias: qué son y cómo se calculan

En este artículo te vamos a contar qué son las retenciones bancarias, en qué ocasiones el banco puede retener tu dinero y qué es el régimen de retenciones bancarias sobre créditos. ¡Seguí leyendo!

Durante la gestión financiera, en ocasiones percibimos que el saldo de nuestra cuenta corriente no coincide con el dinero que tenemos disponible para realizar operaciones.

El motivo más habitual de este desajuste son las retenciones bancarias, en las que el banco inmoviliza un determinado monto de manera temporaria por motivos de garantía o seguridad.

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¿Qué son las retenciones bancarias?

La retención bancaria es una acción preventiva en la que la entidad financiera congela un importe del saldo de una cuenta, para el pago de una operación ya realizada que aún no se ha formalizado o para analizar un movimiento sospechoso o inusual. Por ejemplo, en ocasiones una compra o transacción aparece cargada en el resumen, pero la misma no se liquida hasta fin de mes o hasta que el banco la examine y la procese.

Cuando esto ocurre, el dinero está bloqueado y no puede ser utilizado hasta que la entidad lo disponga. Sin embargo, esto no quiere decir que está perdido, sino que se encuentra en una etapa de estudio o de aclaración.  En estos casos puede haber 2 resultados:

  • Que el pago pendiente se autorice y se vea reflejado en el saldo de la cuenta.
  • Que el comercio reintegre el importe o que el banco libere el monto retenido y este vuelva a estar otra vez disponible para su uso.

En ambas opciones el proceso puede llevar unos días. En el primer caso, por lo general, la demora es de entre 3 y 5 días hábiles, mientras que en el segundo el plazo es más largo, de entre 10 y 21 días.

retenciones bancarias como hacerlas

Causas más usuales de las retenciones bancarias

En general, los pagos con tarjeta de crédito y débito que se realizan en comercios u otros establecimientos son automáticos y se reflejan al instante en nuestras cuentas. Sin embargo, hay determinadas situaciones en las que el procesamiento se demora y es más habitual que se produzca una retención bancaria. Ellas son:

  • Las compras detectadas como no usuales o fraudulentas, como por ejemplo las duplicadas o las realizadas de manera online en sitios determinados como peligrosos.
  • Los gastos en el extranjero con tarjetas de crédito, donde el pago es diferido.
  • Los alquileres de coches o reservas turísticas que exigen un depósito previo como fianza para su formalización. En estos casos el sado retenido se libera cuando se comprueba que el bien en cuestión fue devuelto en buen estado.
  • El ingreso de cheques o dinero a través de cajeros automáticos que aún no fue validado como efectivo.
  • Embargos judiciales o administrativos que afecten al titular. Aquí el banco comunica en forma previa en qué cuenta va a retener el dinero por determinación de la justicia.

 Por otro lado, algunas compañías tienen como política no cargar en forma automática el pago de un servicio o producto, para darle al cliente unos días para verificar si está conforme con la operación o si desea realizar una devolución. Además, esta demora también puede ocurrir porque le falta algún tipo de información para formalizar la compra. En estas situaciones el dinero aparece como congelado en la cuenta hasta que la transacción se confirme.

Si tenés dudas sobre una retención de saldo y los motivos que la ocasionaron, lo mejor que podés hacer es contactarte de inmediato con la entidad bancaria para informarte de la situación.

Régimen de retenciones bancarias sobre créditos 

En la Argentina existe un régimen de retención sobre los créditos bancarios, que se aplica sobre cada depósito en pesos o dólares acreditado en las cuentas de los contribuyentes del Impuesto sobre los Ingresos Brutos comprendidos en las normas del Convenio Multilateral. Estas alícuotas van del 0,01% al 5%, dependiendo del riesgo fiscal que establece Rentas para cada persona. A mayor riesgo, más alta es la tasa.

El padrón de sujetos pasibles a esta medida se confecciona de forma mensual. La retención se efectúa al CUIT del contribuyente y este debe deducirla en sus declaraciones juradas en el anticipo correspondiente al mes en que le fueron efectuadas. Estos importes se computan como pago a cuenta del Impuesto sobre los Ingresos Brutos. Si las retenciones sufridas originan un saldo a favor, su imputación puede ser trasladada a la liquidación de los anticipos siguientes, incluso excediendo el respectivo período fiscal.

Por otro lado, cuando la titularidad de una cuenta pertenezca a más de un contribuyente, el monto de lo recaudado puede ser tomado como pago por cualquiera de ellos en su totalidad, o cada uno puede computar una proporción del mismo. En el resumen de cuenta que envía el banco, el detalle de los débitos sufridos durante el mes por este concepto se identifica con la leyenda “Régimen Sistema SIRCREB (Sistema de Recaudación y Control de Acreditaciones Bancarias)”.

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