¿Qué es el VEP y para qué sirve?

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En esta nota vamos a explicar qué es un VEP, cómo se genera, cómo se paga, qué impuestos pueden o deben abonarse mediante VEP, cómo visualizarlos para su pago y su vencimiento. ¡Seguí leyendo!

¿Qué es un VEP?

Un VEP es un Volante de Pago Electrónico que te permite abonar por transferencia electrónica de fondos las obligaciones impositivas y de seguridad social.

Es requisito indispensable para abonar el VEP contar con una cuenta corriente o caja de ahorro bancaria en pesos desde la que se autoriza el pago de ese VEP y se debitan los fondos.

Pueden generarse VEP para cancelar obligaciones propias o de terceros.

Las ventajas que tiene su utilización se relacionan con el tiempo y la seguridad: El tiempo que nos ahorramos al realizar pagos, porque ya no es necesario ir con el efectivo a una boca de cobro (banco, Ripsa, Pago fácil, Bapro, etc) y el tiempo de espera hasta que nos atienden, con más razón si hay demora por fechas de vencimiento, cuando se acumula mucha gente, y el tiempo que insume al cajero procesar los formularios de pago y el recuento del dinero físico.

Directamente desde la computadora ingresando a Internet se efectúa el pago y la acreditación es inmediata. A esto se suma el beneficio de la seguridad que implica no trasladar dinero efectivo.

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¿Qué obligaciones puedo cancelar con el VEP?

Como mencionamos anteriormente, el VEP nos permite cancelar diferentes obligaciones tributarias y de la seguridad social. Por ejemplo:

  • Ganancias
  • Impuesto al Valor Agregado
  • Bienes Personales
  • Seguridad social (cargas sociales)
  • Monotributo
  • Autónomos
  • Casas particulares
  • Retenciones
  • Bienes Personales Acciones y Participaciones
  • Plan de regularización de deudas
  • Ejecuciones fiscales (Incluye abogados del fisco)
  • AFIP Tasas Judiciales o por actuación ante el Tribunal Fiscal de la Nación
  • Sifere – Convenio Multilateral

Es importante aclarar que estos VEP se refieren siempre a impuestos y recursos de la seguridad social que recauda AFIP (Administración Federal de Ingresos Públicos). Sin embargo también pueden abonarse por transferencia electrónica de fondos otros impuestos y tasas de recaudación provincial o municipal, según corresponda, pero tienen otro mecanismo de generación y pago. Son mecanismos similares, pero distintos. La generación de VEP se encuentra vinculada siempre a impuestos de recaudación de AFIP.

¿Cómo se genera un VEP?

Para generar un VEP debemos:

  1. Ingresar a la página de AFIP www.afip.gob.ar
  2. Ingresar a “Acceso con Clave Fiscal” e ingresar el CUIT y clave fiscal de AFIP
  3. Ingresar a la relación “Presentación de Declaración Jurada y Pagos”
  4. En la pantalla que se abre, a la izquierda, seleccionar desde la opción “Pagos”, “Nuevo VEP”
  5. Ahí habilita a seleccionar el CUIT propio sobre el cual estamos trabajando en la página de AFIP, o podemos cargar el CUIT de un tercero, si vamos a pagar la obligación de un tercero.
  6. Después seleccionamos el organismo recaudador
  7. Seleccionar el grupo de pago, es decir el concepto que vamos a abonar (Monotributo, ganancias, IVA, Empleadores, etc)
  8. Después seleccionamos el subconcepto (impuesto, intereses, multas)
  9. Cargar el período al que corresponde la obligación que queremos abonar
  10. Cargar el importe (en algunos tipos de obligaciones el importe surge sólo, por ejemplo, en Monotributo o autónomos)
  11. Por último seleccionamos la entidad de pago (Pago Mis cuentas, Red Link, Interbanking o XN Group)

Es importante aclarar que podemos generar un solo VEP para abonar un determinado concepto, o podemos agregar varios conceptos en un mismo VEP. En este último caso generamos un VEP consolidado.

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¿Cómo abonar el VEP?

Una vez que ya lo tenemos generado de acuerdo a lo que explicamos en el punto anterior, hay que ingresar a la página web de la entidad bancaria elegida, ingresar a home banking con el usuario y clave. Desde ahí hay que seleccionar Ia opción “Pagos AFIP”, VEP generados, y se desplegará la lista de los VEP (propios y de terceros) que hayamos generado desde la página de AFIP.

Hay que seleccionar los que vamos a abonar y confirmar el pago. El sistema nos emite un comprobante de pago que debemos conservar porque es nuestra constancia del pago de la obligación.

También puede abonarse ingresando directamente a la página de “pago mis cuentas” o “red link” directamente, también con clave. Al generar el VEP desde la página de AFIP, en el mismo VEP encontramos el link para ingresar desde ahí directamente.

¿Qué bancos operan con VEP y cuál es el operador con que cuenta cada uno?

Son muchos los bancos que operan con VEP. En este link podés ver el listado completo.

¿Cuál es el vencimiento de los VEP?

Es importante saber que todos los VEP tienen una fecha de vencimiento, contada desde la fecha de su generación. Según el tipo de VEP que estamos generando es su plazo de expiración y a partir de ese momento ya no aparecerá para abonar en la entidad de pago. Por lo tanto, si cuando lo vamos a pagar ya se encuentra vencido, hay que volverlo a generar.

vencimiento vep

La obligatoriedad de los pagos mediante transferencia electrónica de fondos

Este sistema de pagos mediante la generación de VEPy la posterior transferencia electrónica de los fondos, se encuentra estrechamente vinculada con la obligatoriedad de los medios de pago establecidos por AFIP para abonar las obligaciones tributarias y de seguridad social.

Recordamos que está vigente la Resolución General de AFIP 4084/2017 que establece la obligatoriedad de pago mediante VEP de acuerdo al siguiente esquema:

obligatoriedad de pagos

Conclusión

Un VEP es un Volante de Pago Electrónico que te permite abonar por transferencia electrónica de fondos las obligaciones impositivas y de seguridad social. Este sistema de pago electrónico no solo tiene la ventaja de permitirnos ahorrar tiempo al efectuar los pagos y evita el manejo innecesario de efectivo, sino que además es obligatorio desde hace algunos años por la Resolución General de AFIP 4084/2017.

Es muy simple la generación de estos VEP:Se ingresa a la página de AFIP con CUIT y clave Fiscal, y desde la relación “Presentación de Declaración jurada y pagos” seleccionamos el CUIT del contribuyente a quien le corresponda la cancelación de la obligación, indicamos el concepto, subconcepto, período e importe a abonar y por último indicamos el medio de pago, de acuerdo al sistema al que se encuentre adherido el banco con el que operamos. Posteriormente ingresamos por home banking al banco en el cual tenemos la cuenta, seleccionamos el VEPy confirmamos el pago del mismo.

También, como vimos, es muy amplia la variedad de impuestos que pueden cancelarse por este medio: Impuesto al Valor Agregado, Impuesto a las Ganancias, Autónomos, Monotributo, Régimen de Casas Personales, Impuesto sobre Bienes Personales, Ganancias sociedades, Anticipos de Ganancias y Bienes Personales, Pagos a cuenta de retenciones efectuadas de ganancias, saldo de declaraciones juradas de retenciones efectuadas, Cargas sociales, obras sociales, Aseguradoras de Riesgos de Trabajo, Pagos a cuenta y pagos de contado de planes de Facilidades de Pago de AFIP, y otras tasas de actuación de AFIP.

Por lo tanto, podemos concluir diciendo que la utilización de los VEP o Volante de Pago Electrónico, es recomendable siempre, no solo para cumplir con la obligatoriedad de su implementación, sino además por la practicidad de su uso.

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