Ley de economía del conocimiento: cómo afecta a las empresas

Casi en el cierre del año 2020, en la Argentina se reglamentó la ley 25.570, o Ley de Economía del Conocimiento. La normativa promete impulsar el crecimiento de las empresas cuya actividad principal sea la exportación de bienes y servicios vinculados al campo digital y tecnológico.

En la Argentina, las exportaciones de las empresas de Servicios Basados en el Conocimiento (SBS) rondan los USD 6,000 anuales y constituyen el tercer pilar exportador del país, con una fuerza laboral que supera los 250.000 trabajadores.

La ley de economía del conocimiento establece incentivos para las PyMES y startups tecnológicas

Mediante el nuevo Régimen de promoción, estas firmas podrán gozar de alivios fiscales y beneficios.  Para registrarse, las empresas deberán cumplir con ciertas condiciones, que iremos desglosando en este artículo.

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El marco de la ley: hacia una economía digital

Hay que destacar que la Ley de Economía del Conocimiento acompaña un cambio de paradigma: el paso a un mundo digital, que se centra en la creación y exportación de productos y servicios. El boom en la demanda de productos y servicios digitales alojados en la Nube ha sido clave en la pandemia de coronavirus, para respetar el distanciamiento social y prevenir el contagio.

 

Actividades que comprende la ley

Las actividades que abarca la ley de economía del conocimiento son: Software, Industria 4.0 (Inteligencia Artificial y Robótica); Biotecnología, Nanotecnología, Centros de Exportación de Servicios Profesionales; Ingeniería, Industria audiovisual; tecnología satelital y nuclear; Investigación y desarrollo aplicados al sector digital o tecnológico.

El abanico de servicios profesionales es muy amplio y la conditio sine qua non para sumarse al régimen de promoción es que las empresas sean exportadoras en alguna de las siguientes ramas:

  • Servicios jurídicos, de contabilidad general, consultoría de gerencia, servicios gerenciales y servicios de relaciones públicas, auditoría, cumplimiento normativo, asesoramiento impositivo y legal.
  • Servicios de traducción e interpretación, gestión de recursos humanos.
  • Servicios de publicidad, creación y realización de campañas publicitarias.
  • Diseño: diseño de experiencia del usuario, de producto, de interfaz de usuario, diseño web, diseño industrial, diseño textil, indumentaria y calzado, diseño gráfico, diseño editorial, diseño interactivo.
  • Servicios arquitectónicos y de ingeniería: asesoramiento sobre arquitectura, diseño de maquinaria y plantas industriales, ingeniería, gestión de proyectos y actividades técnicas en proyectos de ingeniería.

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Requisitos para inscribirse en el régimen de promoción del conocimiento

Para inscribirse en el Régimen de Promoción que impulsa la Ley de Economía del Conocimiento, las empresas deben estar constituidas en la República Argentina. Tendrán que estar habilitadas para realizar actividades dentro de su territorio y en todos los casos, desarrollarse en el país por cuenta propia, deberán acreditar.

  • Que la facturación en Servicios Basados en el Conocimiento representa cuando menos el 70% de la facturación del último año.
  • Si no se cumple el punto anterior, hay otros criterios a considerar: el carácter estratégico de la firma; el porcentaje de personal dedicado a desarrollar las actividades que promueve la ley; el grado de Investigación y Desarrollo (I+D); innovaciones a cadenas de valor estratégicas; la comercialización de productos y servicios nuevos derivados del uso y aplicación de las actividades promovidas, entre otros puntos.
  • Que están al día con sus obligaciones fiscales, laborales, gremiales y previsionales. Tendrán que contar con el certificado de la entidad competente en cada caso: la Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP), el Registro Público de Empleadores con Sanciones Laborales (REPSAL) y los sindicatos, sociedades y organismos que correspondan.

 Requisitos adicionales. Las empresas también deben cumplir con al menos dos de los requisitos adicionales, a saber: a) acreditación de normas de calidad. b) inversiones en capacitación, especialmente en el sistema educativo. c) un porcentaje de exportación de bienes o servicios desarrollados en alguna de las áreas que enuncia la ley.

Cada dos años, deberá validarse el cumplimiento de todos los requisitos para que la empresa pueda mantenerse inscripta en el Registro Nacional de Beneficiarios del Régimen de Promoción de la Economía del Conocimiento.

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El abanico de servicios que contempla el Régimen de promoción del conocimiento es muy amplio.

El Fondo para la Promoción de la Economía del Conocimiento (FONPEC)

La ley de economía del conocimiento instituye un Fondo fiduciario, el FONPEC, al que las empresas adheridas realizarán aportes. El monto variará de acuerdo con el tamaño de la empresa. Las microempresas deberán aportar el 1% de los beneficios que perciban; las pequeñas empresas aportarán el 2,5%; las grandes empresas, el 3,5%. 

Principales incentivos y beneficios de la ley

Los beneficios e incentivos pueden agruparse en tres categorías: fiscales, empleo de calidad, inclusión y diversidad.

  • La normativa establece una reducción escalonada del impuesto a las ganancias, supeditada al tamaño de la empresa. Además, fomenta la exportación de productos y servicios: la Ley de economía del conocimiento establece una reducción de las retenciones a las exportaciones, que pasarán de 5% a 0%. Una buena noticia para la Argentina, el único país que hasta ahora aplicaba retenciones a las exportaciones de servicios y productos de tecnología.
  • Para todo el personal, otorga un Bono del 70% sobre los aportes patronales, el cual puede usarse para cancelar el IVA. En el caso de las empresas exportadoras, el Bono se puede usar para cancelar el Impuesto a las Ganancias. Como condición, se exige la mejora continua en los servicios y la capacitación constante del personal.
  • Impulsa la inclusión y la diversidad: permite acceder a un Bono Fiscal del 80% de los aportes patronales si la empresa contrata personal femenino, personas con discapacidad, residentes en zonas menos desarrolladas, travestis y transexuales. El bono tiene una vigencia de 24 meses.

Beneficios para el sector de IT Argentina

La ley de economía del conocimiento puede ser un importante alivio para el sector tecnológico, conformado en un 30% por empresas de software, y en un 50% por empresas de auditoría, impuestos y gestión empresarial. Beneficia a todas las empresas por igual (a gigantes como Mercado Libre, Globant y Accenture), pero alivia especialmente a las PyMES y startups tecnológicas.

Las pequeñas y medianas empresas sufrirán una menor presión tributaria y gozarán de mejores condiciones para contratar recursos, escalar su negocio y proyectarse al mercado internacional.

Un antecedente: la experiencia española

La Ley de economía del conocimiento podría sentar las bases para impulsar un semillero tecnológico argentino con proyección mundial. Un antecedente que puede servir de ejemplo es el caso de España, que con una ley similar (la Ley de Ciencia, Tecnología e Innovación, que entró en vigor el 3 de diciembre de 2011) estableció las condiciones para convertir al país en un importante centro tecnológico.

Esto contribuyó a la creación de un Silicon Valley en Barcelona, hoy considerada una de las metrópolis europeas líderes en high tech, detrás de Londres, París, Berlín y Amsterdam.

La fuerza laboral de las empresas que prestan servicios basados en el conocimiento se duplicará en la próxima década. Si consideramos solamente la industria del software y servicios informáticos, hoy este segmento crea 7.700 puestos de trabajo. La Argentina muestra una reserva de talentos de excelencia en el sector tecnológico, pero también la dificultad para retenerlo: actualmente se estima que hay 6.000 vacantes sin cubrir.

El gran desafío que tenemos entre manos es crear las condiciones para atraer inversionistas, empresas de tecnología, reactivar el sector productivo y retener este valor.

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