La coyuntura mundial, la pandemia y las medidas de distanciamiento propuestas por los diferentes gobiernos en los últimos tiempos han hecho tomar un gran protagonismo a la virtualidad: Reuniones de trabajo, tramites, turnos, gestiones, clases. Y así, las redes sociales han tomado un rol imprescindible para que el sector público tenga mayor interacción y atención de los ciudadanos. Con este escenario, la AFIP ha enfatizado en desarrollar sus canales digitales y en consecuencia de ello ha propuesto a contribuyentes de constituir un Domicilio Fiscal Electrónico de forma obligatoria. Por eso, en este artículo te contaremos todo sobre el domicilio fiscal electrónico: ¿Qué es? ¿Cuál es su diferencia con el domicilio fiscal físico? ¿Cuáles son los requisitos para constituirlo? ¿Cuáles son los pasos para adherirse? En pocos minutos de lectura te responderemos estas preguntas y más. ¡Seguí leyendo!
¿Qué es el Domicilio Fiscal Electrónico?
El Domicilio Fiscal Electrónico (DFE) es un domicilio virtual, seguro, personalizado y válido registrado por los contribuyentes para dar cumplimiento a sus obligaciones fiscales y para la entrega o recepción de comunicaciones en el servicio e-Ventanilla de AFIP.
En este domicilio se comunican al contribuyente, las novedades y actos administrativos como, por ejemplo:
- Embargos
- Liquidaciones
- Citaciones
- Notificaciones
- Emplazamientos
- Intimaciones
- Gestión judicial
- También notifican en el servicio el Ministerio de Trabajo de la Nación, Rentas provinciales,
y el Ministerio de Producción.
Si nos remitimos a indicadores de la Administración Federal de Ingresos Públicos, el Domicilio Fiscal Electrónico es utilizado ya por más de 9,4 millones de contribuyentes, entre personas, empresas y entidades.
Inicialmente el Domicilio Fiscal Electrónico actuaba como un canal más de comunicación establecido por la AFIP, y solo aquellos que gestionaban un plan de facilidades de pagos o tenían intenciones de solicitar algún tipo de beneficio para las pymes necesitaban estar adheridos para realizar sus gestiones.
A partir de la disposición de la Resolución General de AFIP 4280/2018 todas las personas que soliciten un CUIT están obligados a adherirse al Domicilio Fiscal Electrónico. Esta normativa entró en vigencia a partir del 1° de agosto de 2018 y podés leer la norma completa haciendo clic en el siguiente link.
¿Cuál es su diferencia con el domicilio fiscal físico?
Ahora que ya sabés qué es el domicilio fiscal electrónico te vamos a contar en qué se diferencia con el físico. El domicilio fiscal físico es aquel domicilio registrado en la AFIP donde se llevan a cabo las actividades en las que el contribuyente se inscribió. Si la actividad realizada no es en un establecimiento fijo, se va a tomar como domicilio fiscal el domicilio real donde vive.
La diferencia entre estos dos tipos de domicilios fiscales radica en que, si la AFIP visita el domicilio físico declarado en oportunidades diferentes y nadie los recibió para acatar la notificación, el contribuyente queda notificado de oficio con la 3er y última visita y a partir de ahí corren los plazos legales de la notificación/requerimiento.
Con la incorporación del Domicilio Fiscal Electrónico, queda bajo la responsabilidad del contribuyente revisarlo como mínimo dos veces por semana (este compromiso es asumido en los términos y condiciones de la página de la AFIP. Podés encontrarlos aquí).
El contribuyente queda notificado cuando abre la comunicación, y si no es así, se lo considerara notificado de oficio el lunes posterior a que la comunicación esté disponible en el servicio.
¿Cómo constituir el Domicilio Fiscal Electrónico?
Para constituir el Domicilio Fiscal Electrónico es necesario contar conclave fiscal de nivel 3 o superior, se deberá cargar y validar una dirección de correo electrónico y un número de teléfono celular. Luego, se deberá confirmar el trámite para poder activar el canal de comunicación.
Si el contribuyente es monotributista e ingresa con su clave fiscal en el portal de Monotributo, podrá acceder desde ahí a constituir el domicilio fiscal electrónico.
¿Cuáles son los pasos para adherirse al Domicilio Fiscal Electrónico?
PASO 1
Ingresá con tu clave fiscal al servicio Domicilio Fiscal Electrónico. Luego vas a tener que informar un correo electrónico y un número de teléfono.
Si tu condición fiscal es bajo el Régimen Simplificado (Monotributo) vas a tener que loguearte con tu clave fiscal en el portal de Monotributo y allí vas a poder acceder directamente para poder constituir el Domicilio Fiscal Electrónico desde ahí.
PASO 2
Luego, vas a tener que seleccionar un correo y teléfono de los que tengas informados o presionar sobre «agregar». El sistema te va a redireccionar al servicio donde podés agregarlos.
PASO 3
El sistema va a abrir una ventana de diálogo donde vas a tener que colocar el correo electrónico y el tipo de contacto. Es decir, si es tu correo electrónico profesional, comercial, personal, etc.
Una vez hecho esto, se te enviará un código de verificación al correo electrónico que informaste. Copialo y pegalo en el recuadro indicado para terminar con este paso.
Al ingresar el código correctamente, podés clickear sobre «finalizar el trámite» y el sistema te arrojará un acuse de recibo.
PASO 4
Para agregar el teléfono presioná sobre el botón que dice agregar y el sistema va a abrir una ventana para que ingreses los datos correspondientes.
Una vez que termines con la carga, aceptá y el sistema va a arrojarte un acuse de recibo. Ahora ya vas a podés cerrar la pestaña y volver al servicio Domicilio Fiscal Electrónico.
PASO 5
Cuando te encuentres de nuevo en el servicio Domicilio Fiscal Electrónico, seleccioná el correo y teléfono que agregaste para que te contacten y después presioná sobre «adherir al Domicilio Fiscal Electrónico».
PASO 6
Una vez cargados los datos de contacto, quedará constituido el Domicilio Fiscal Electrónico para comenzar a recibir comunicaciones oficiales.
¿Cómo enterarse de las nuevas notificaciones en el Domicilio Fiscal Electrónico?
Como te comentamos anteriormente, se puede vincular al Domicilio Fiscal Electrónico una casilla de correo electrónico y recibir alertas sobre las comunicaciones que envía el organismo. Así, vas a poder visualizar el servicio e-ventanilla y notificarse de inmediato de las novedades que la AFIP tiene para informarte.
Además, si querés que las comunicaciones de la AFIP las reciba un profesional contratado, simplemente tendrás que delegar el servicio. Para ello, tenés que ingresar al servicio con Clave Fiscal denominado “Administrador de Relaciones”.
En conclusión
Como vimos a lo largo del artículo, en el contexto y coyuntura mundial que estamos viviendo la virtualidad para tramites públicos ha llegado para quedarse. Por eso, resulta de vital importancia la utilización del Domicilio Fiscal Electrónico para que el cumplimiento de las obligaciones de los contribuyentes sea fácil, segura y sencilla de concretar como también para que tengan una comunicación y notificaciones de forma fluida con la AFIP. Por eso, esperamos que hayas entendido lo importante que es tener constituido el Domicilio Fiscal Electrónico de forma correcta para mantener una comunicación eficaz. Pero, sobre todo, es importante que sepas que existen soluciones de gestión como Xubio, que te permiten simplificar todos estos pasos y es completamente legal y seguro. Si querés conocer más sobre este servicio, te recomendamos que ingreses a xubio.com y resuelvas todas tus dudas. Gracias por leernos ¡Hasta el próximo artículo!