En esta nota te vamos a contar todo sobre las cargas sociales, que se ha posicionado como uno de los regímenes de impuestos que más recauda en nuestro país. ¡Seguí Leyendo!
¿Qué son? ¿Qué tipos de Cargas Sociales existen? ¿Cuándo vencen estos impuestos? ¿Qué beneficios ofrecen a las pymes? Son algunas de las preguntas que te responderemos en el desarrollo de esta nota. ¡Es tu oportunidad de conocer a fondo las Cargas Sociales y saber cuáles son las obligaciones como empleador!
Cargas Sociales ¿Qué son?
Las cargas sociales son el conjunto de contribuciones a la Seguridad Social que todo empleador que realice actividades en el territorio argentino está obligado a pagarle al Estado por impuesto al trabajo, mediante la Administración Federal de Ingresos Públicos.
El objetivo de las cargas sociales es garantizar políticas para proteger a los ciudadanos antes las distintas contingencias que puedan surgir en el ámbito social. El cumplimiento del pago de las Cargas Sociales es fundamental para que la población reciba prestaciones básicas como la jubilación, las licencias, la obra social o la cobertura de accidentes o enfermedades.
Por otro lado, con el cumplimiento de este impuesto se propulsa la coordinación y armonización del Sistema Integrado de Jubilaciones y Pensiones con los regímenes provinciales, municipales y de profesionales.
¿Qué tipos de Cargas Sociales existen?
Las cargas sociales se encuentran entre los 3 impuestos más recaudatorios de la Argentina y los podemos clasificar en dos tipos:
Aportes a la Seguridad Social
Son los impuestos de ley que toda persona que trabaja bajo relación de dependencia sea público o privado, tiene que soportar. El rol del empleador será de agente de retención para luego derivar los aportes al estado nacional mediante la AFIP. En esta clasificación no están contemplados los descuentos sindicales que no son de ley, son descuentos convencionales fijados por cada convención colectiva de trabajo de cada actividad especifica.
Cada persona que trabaja bajo relación de dependencia tendrá en su recibo de haberes, una columna de “descuentos”, llamados “aportes” y estos son:
- Jubilación según la Ley N° 24.241. Se retiene 11% del sueldo bruto, remuneraciones sujetas a retención.
- Obra Social, Ley N° 23.660. Se retiene el 3%. En este caso, se debe prestar atención porque esta retención se aplica sobre el 100% del Salario Básico Convencional, aunque el trabajador preste servicios por media jornada, siempre se retiene por Ley N° 23.660, Art 18, sobre el 100% de su Salario Básico de Convenio y complementos según el caso. Los aportes y contribuciones deberán calcularse para los casos de jornadas reducidas, sobre una base mínima igual a 8 horas diarias de labor calculadas conforme a la categoría laboral del titular beneficiario y en base al CCT de actividad que se trate.
- PAMI, Ley N°19.032. Se retiene 3% del sueldo bruto, remuneraciones sujetas a retención.
Contribuciones a la Seguridad Social
Este tipo de cargas sociales son impuestos que los empleadores van a tener que abonar todos los meses al Estado mediante la AFIP, por medio de la confección del Formulario 931 SUSS.
Cada empleador debe pagar el 24% de impuesto por cada empleado que tenga en relación de dependencia a cargo.
- Jubilación, Ley N°24.241: Se retiene el 10.77%
- Obra social, Ley N° 23.660: Se retiene el: 6%
- ANSES, Asignaciones familiares, Ley N°24.714: Se retiene 4.70%
- PAMI, Ley N°19.032: Se retiene 1.58%
- Fondo Nacional de Empleo, Ley N° 24.013: Se retiene 0.95%
Estos porcentajes se aplican sobre el sueldo bruto.
Estos rubros son lo que están a cargo del empleador y suman el total del 24% de contribuciones patronales que siempre están reflejadas en el Formulario SUSS N°931 de la AFIP que tendrá que presentar el empleador mediante el servicio “Declaración en línea”.
Sabemos que generar los TXT para este tipo de presentaciones suele ser muy engorroso y además se pueden cometer muchos errores ya que es mucha información la que se debe cruzar. Por eso, te recomendamos utilizar un software de gestión como Xubio, que te permite generar el TXT para importar a “Declaración en Línea” en un solo clic. Si querés conocer más, te invitamos a explorar Xubio Sueldos.
¿Cuándo es el vencimiento de las Cargas Sociales?
Como comentamos anteriormente, las cargas sociales deben ser ingresadas por el empleador mediante la presentación del Formulario 931 en la página de la AFIP. Los vencimientos para la presentación se regirán desde el 9 al 11 de cada mes posterior al que corresponden los sueldos.
A continuación, les detallaremos los vencimientos de las cargas sociales según terminación del CUIT:
¿Qué beneficios sobre las cargas sociales se ofrecen a las pymes?
Con la propulsión de la Ley 27.541 de solidaridad social y reactivación productiva que fue sancionada para mitigar los efectos de la pandemia por COVID-19 se han abordado muchos temas que conllevaron en beneficios aplicables a las micro, pequeñas y medianas empresas.
Uno de los principales beneficios fue la implementación de la alícuota reducida de las contribuciones patronales para las cargas sociales.
El decreto establece la alícuota del 18% para las contribuciones patronales beneficiando a aquellas empresas que cuenten con el certificado MiPYME cumpliendo con los requisitos establecidos por la Administracion Federal de Ingresos Públicos.
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De esta forma se atenuará presión de las cargas sociales sobre aquellas empresas que fueron paleadas por la pandemia COVID-19.
En conclusión
Como vimos a lo largo del artículo, las cargas sociales son de los impuestos con más poder recaudatorio del país ya que el trabajo en blanco y registrado es un requisito indispensable para el crecimiento laboral y registrado de todos los habitantes de la Argentina. Conocer las características de las cargas sociales, qué son, qué tipos existen, sus beneficios, y las diferentes disposiciones del estado para presentarlo de forma correcta es muy importante.
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¡Hasta el próximo articulo!