Junto con el equipo de Xubio te acercamos este artículo en el que hablaremos sobre la liquidación final por fallecimiento y todo lo que debés saber sobre el tema: ¿Cómo se calcula por fallecimiento del empleado? ¿Y del empleador?
A continuación, te responderemos estas preguntas y muchas más. ¡Seguí leyendo!
¿Qué es la liquidación final por fallecimiento?
La liquidación final es un proceso crucial tanto en el ámbito laboral como en el contexto de sucesiones. En el caso de un fallecimiento, la liquidación final se refiere a los pagos y beneficios que corresponden, tanto a un empleado cuyo empleador ha fallecido, como a la familia de un trabajador que ha fallecido.
La liquidación final por fallecimiento implica determinar los beneficios y pagos que deben realizarse a los beneficiarios del trabajador fallecido. Es importante saber que en este tema rige la Ley N° 20.744 “Ley de contrato de trabajo” que establece el régimen correspondiente para cada caso.
Liquidación final por fallecimiento del trabajador
Es un beneficio para la familia del trabajador previsto por la Ley de Contrato de Trabajo, que en su art. 248 en el supuesto de fallecimiento del dependiente, que establece: “Art. 248. —Indemnización por antigüedad. Monto. Beneficiarios.
En caso de muerte del trabajador, las personas enumeradas en el artículo 38 del Decreto-ley 18.037/69 (t.o. 1974) tendrán derecho, mediante la sola acreditación del vínculo, en el orden y prelación allí establecido, a percibir una indemnización igual a la prevista en el artículo 247 de esta ley.”
En este caso, los herederos declarados del empleado tienen derecho a una indemnización del 50% de la prevista en caso de indemnización por despido.
A continuación, te dejamos un artículo de nuestro blog donde encontrarás información sobre la liquidación final por despido, haciendo click aquí.
Pasos para realizar la liquidación final por fallecimiento del empleado
Para realizar la liquidación final por muerte del trabajador deben realizarse los siguientes pasos:
1- Identificación de los Beneficiarios
Lo primero que se debe hacer es identificar quiénes son los beneficiarios del trabajador fallecido. Esto puede incluir:
- Familiares directos: Cónyuge, hijos, padres, etc.
- Beneficiarios designados: Personas que el empleado pudo haber designado en un seguro de vida u otro beneficio.
2- Determinación de los Pagos Pendientes
Una vez identificados los beneficiarios, es necesario calcular los pagos pendientes que se deben a la persona fallecida. Estos pagos pueden incluir:
- Salario pendiente
- Vacaciones no disfrutadas
- Bonos o comisiones
3- Beneficios Adicionales
Además de los pagos pendientes, para liquidación final por fallecimiento, se deben considerar los beneficios adicionales que podrían estar disponibles. Esto puede incluir: Seguro de vida o Fondo de pensiones o jubilación
4- Cálculo de la Liquidación Final por fallecimiento
El cálculo de la liquidación final por fallecimiento del empleado se puede resumir en la siguiente fórmula:
Liquidación Final= Salario Pendiente +Vacaciones No Disfrutadas +Bonos +Seguro de Vida+Otros Beneficios.
Si el empleador fallece, ¿qué sucede?
Por el fallecimiento del empleador le corresponde al trabajador una indemnización del 50% de la prevista en caso de indemnización por despido.
En esta línea, el Art. 249 establece que: «El contrato laboral se anula por la muerte del empleador cuando sus circunstancias personales o jurídicas, su actividad laboral y otras situaciones hayan sido el factor determinante de la relación de trabajo y sin las cuales ésta no podría continuar.»
En este escenario, el empleado podrá recibir la compensación contemplada en el artículo 247 de dicha ley.
Algunas consideraciones a tener en cuenta son que la compensación contemplada en el Art. 249 de la LCT solo sería válida cuando el empleador es un individuo, ya que, si es una entidad jurídica, sociedad o un grupo de individuos, estos seguirán manteniendo el vínculo.
Por lo tanto, inicialmente, el deceso del empleador no implicaría la muerte del empleador, a excepción de las situaciones donde el individuo del empleador es un componente crucial del contrato laboral, donde el deceso obstaculiza de manera autónoma la continuidad de la actividad, ya sea por su naturaleza profesional, la habilitación o la competencia que poseía el difunto y que sus herederos no poseen.
Para aplicar la compensación establecida en el artículo 249 de la LCT, los herederos no deberían contar con la habilitación reglamentaria para seguir con la actividad, tal como sucede con actividades que demandan una habilitación especial, una titulación específica o un conocimiento particular. Así pues, en un principio, la muerte del empleador no invalida la relación laboral, sino que persiste con su sucesión o sucesores.
Si te interesa conocer otros tipos de indemnizaciones laborales te dejamos un artículo de nuestro blog donde encontrarás información sobre el tema, haciendo click aquí.
Procedimiento para la Liquidación final por fallecimiento del empleador
Una vez calculada la liquidación final, es importante seguir un procedimiento claro para su pago:
- Documentación: Recopilar toda la documentación necesaria, como certificados de defunción, identificaciones de los beneficiarios y documentos que respalden los pagos a realizar.
- Autorización: Obtener las autorizaciones necesarias de la dirección de la empresa para realizar el pago.
- Pago: Realizar el pago a los beneficiarios de acuerdo con la normativa legal y las políticas de la empresa.
El cálculo para realizar la liquidación final por fallecimiento del empleador es la siguiente:
Salario pendiente + 50% de indemnización por antigüedad + SAC Proporcional + Vacaciones no Gozadas
Conclusiones
Tanto la liquidación final por fallecimiento como la liquidación final en el contexto laboral son procesos que requieren una cuidadosa consideración de varios factores, incluyendo los derechos de los beneficiarios y los empleados. La claridad en el proceso, así como el cumplimiento de las normativas legales, son esenciales para garantizar que todas las partes involucradas sean tratadas de manera justa.
La liquidación final por fallecimiento puede ser un momento delicado y complicado. Por ello, es fundamental manejar estos procesos con sensibilidad y atención al detalle. Al seguir un procedimiento claro y respetar las leyes laborales, se pueden minimizar los conflictos y asegurar una transición adecuada para todos los involucrados.
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