De qué se trata y qué beneficios tiene el nuevo régimen para incentivar las construcciones

En la Argentina se convirtió en ley la creación de un régimen para incentivar las construcciones privadas, que busca colaborar con la reactivación de la economía. Es por eso que en este artículo te vamos a contar de qué se trata, a quiénes contempla, qué beneficios tiene y más. ¡Seguí leyendo!

El régimen para incentivar las construcciones prevé una serie de beneficios impositivos y la posibilidad de regular la tenencia de moneda extranjera o nacional en el exterior, para aquellos inversores que destinen fondos a proyectos inmobiliarios en el país.

A quiénes contempla y qué beneficios tributarios ofrece

El régimen para incentivar las construcciones, está destinado a personas que inviertan en forma directa o mediante terceros -cualquiera sea la forma jurídica y/o vehículo adoptado para su materialización- en construcciones, ampliaciones e instalaciones dentro del territorio nacional.

Contempla a todas las obras privadas que se inicien a partir de la entrada en vigencia de la ley y a todos los proyectos inmobiliarios que para esa fecha posean un grado de avance inferior al 50%. Los participantes accederán a los siguientes beneficios impositivos:

  • Se eximirá del pago del impuesto sobre los bienes personales al valor de las inversiones en estos proyectos realizadas hasta el 31 de diciembre de 2022 inclusive.
  • Se podrá computar como pago a cuenta del impuesto sobre los bienes personales el equivalente al 1% del valor de estas inversiones.
  • Se propiciará el diferimiento del pago del impuesto a las ganancias o sobre la transferencia de inmuebles -según corresponda-, cuando se vendan propiedades destinadas a realizar proyectos inmobiliarios o de infraestructura. El inicio de la construcción deberá realizarse dentro de los 2 años de la transferencia y los tributos se pagarán cuando los titulares reciban una contraprestación en dinero, cedan o transfieran derechos, finalice la obra o se adjudique la unidad.

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Blanqueo de capitales en el exterior

A través de este régimen para incentivar las construcciones las personas humanas, sucesiones indivisas y sociedades de capital también podrán declarar de manera voluntaria ante la AFIP la tenencia de moneda extranjera o nacional en el país y en el exterior, dentro de un plazo de 120 días corridos desde la entrada en vigencia de la ley.

Estos fondos pagarán un único tributo, con alícuota creciente en el tiempo:

  • Las personas que blanqueen capitales en hasta 60 días pagarán un 5% de impuesto.
  • Los que lo hagan entre los días 61 y 90 abonarán un 10%.
  • Y entre los días 91 y 120 pagarán un 20%.

Este dinero “blanqueado” deberá depositarse en una cuenta “CECONAR” (Cuenta Especial de Depósito y Cancelación para la Construcción Argentina) en alguna de las entidades financieras comprendidas en la ley y solo podrá utilizarse para el desarrollo de proyectos inmobiliarios.

El ingreso a este régimen para incentivar las construcciones, exime al tenedor de los fondos de toda acción civil, comercial o penal (tributaria, cambiaria y aduanera) e infracciones administrativas que pudieran corresponder. Además no pagarán impuesto a las Ganancias, IVA, impuestos internos y Bienes Personales, entre otros.

 

Reactivación de las obras públicas

Con el objetivo de reactivar las obras paralizadas o abandonadas en proceso de construcción con aportes del Estado Nacional, la nueva ley también establece que los porcentajes de avance físico real constituirán la base para determinar el saldo pendiente de financiamiento para su culminación.

El Ministerio de Desarrollo Territorial y Hábitat de la Nación será la autoridad de aplicación y establecerá los requisitos que las jurisdicciones deberán cumplir para acceder a la iniciativa, pudiendo dictar todas las normas aclaratorias y complementarias que resulten necesarias para su adecuado funcionamiento e implementación.

Estas deberán acreditar sin ningún tipo de dudas el porcentaje del avance físico real de las obras mediante informes técnicos emitidos con carácter de declaración jurada por profesionales con incumbencia en la materia.

A su vez, las presentaciones tendrán que estar avaladas por registros fotográficos fechados y certificados por escribano público y rubricados por la máxima autoridad de las jurisdicciones y entes ejecutores competentes.

regimen construcciones

Impacto del sector de la construcción en la economía

Este régimen para incentivar las construcciones forma parte de una serie de medidas impulsadas desde el Gobierno Nacional para promover la economía y la generación de trabajo.

El proyecto se elaboró en conjunto con el sector privado, el sindicato y la Cámara Argentina de la Construcción (CAMARCO), desde donde estiman que servirá para impulsar el desarrollo de la actividad, recuperar empleo y alcanzar una mayor oferta de viviendas.

Según la entidad, esta industria viene de más de 2 años de caída ininterrumpida, tanto en la obra pública como en la privada, durante los que se perdieron más de 180 mil puestos de trabajo.

La construcción es un motor potente de la economía y tiene un impacto transversal en diversas cadenas productivas (producción metalúrgica, del plástico, cementera, maderera, del transporte, entre otras). Antes de la crisis daba ocupación directa o indirecta a 1,5 millones de familias en el país.

De acuerdo con el informe “Situación Inmobiliaria y Construcción 2020” de BBVA, el impacto negativo de la crisis del COVID-19 en esta industria es histórico, mucho más teniendo en cuenta que el sector ya se encontraba debilitado por la recesión de los años previos.

Sin embargo, la investigación concluye que el mismo podría ser el impulsor de la economía argentina, ya que puede amplificar los ciclos económicos: crecimiento superior al del PIB, rápida contratación de mano de obra, incremento de inversiones y derrames a lo largo de toda la cadena productiva de esta industria.

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