En este artículo te vamos a contar todo sobre el SIRADIG: ¿Qué es? ¿Para qué sirve? ¿Cuál fue su evolución? ¿Quiénes deben realizar la presentación? ¿Cómo se realiza? ¿Cuáles son los pasos requeridos? ¿Cuáles son sus beneficios? Pensamos este artículo especialmente para responderte todas estas preguntas y muchas más. ¡Sigue leyendo!
¿Qué es el SIRADIG y para qué sirve?
La pandemia, con sus cuarentenas y nuevas normas de distancia social, puso a prueba la capacidad de continuar con nuestras vidas reduciendo al máximo las interacciones físicas. Según un informe del Banco Interamericano de Desarrollo (BID), muchos países digitalizaron un número importante de servicios y la proporción de personas que usó Internet para hacer trámites pasó del 21% antes de la pandemia al 39% durante la misma.
Sin embargo, esta tendencia a la digitalización de los trámites comenzó tiempo antes, como en el caso del SIRADIG, un sistema diseñado por la Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) del que te vamos a contar todos los detalles en este artículo.
Comencemos por lo más básico: ¿qué es el SIRADIG? Según la AFIP, “es el Sistema de Registro y Actualización de Deducciones del Impuesto a las Ganancias, que permite, al trabajador obligado a presentar el Impuesto a las Ganancias, transmitir a sus empleadores la información correspondiente de manera electrónica y automatizada”. Mediante este sistema, el trabajador presenta el Formulario 572 web con los conceptos a deducir, las percepciones que le hubieran practicado o los ingresos extra que tuviera en caso de tener otro empleo.
Ahora que ya sabemos qué es el SIRADIG, pasamos a explicarte para qué sirve este sistema. La información del SIRADIG es crucial para la liquidación del impuesto de cuarta categoría porque permite emitir correctamente:
- El Formulario 1357 de Liquidación del Impuesto a las Ganancias.
- La Liquidación de Impuesto a las Ganancias – 4ta. Categoría Relación de Dependencia
Evolución del SIRADIG en el tiempo
La digitalización de los trámites en los países de la región es un proceso reciente. Y todavía queda mucho por hacer: según datos del BID, durante la pandemia, aún con las restricciones a la circulación, alrededor del 50% de las personas hicieron su último trámite de manera presencial.
Hasta el 2017, el Formulario 572 se debía presentar en papel para que el empleado lo cargara y lo considerara para el cálculo del Impuesto a las Ganancias de cuarta categoría.
Sin embargo, a partir 2017, la Resolución General de AFIP N° 4003/2017 impuso que los beneficiarios de las ganancias referidas a la cuarta categoría debían informar obligatoriamente mediante la transferencia electrónica de datos el formulario de declaración jurada (F.572 Web) a través del servicio de “Sistema de registro y Actualización de Deducciones del Impuesto a las Ganancias (SIRADIG) – TRABAJADOR”.
¿Quiénes deben realizar la presentación con SIRADIG?
Como vimos, este sistema fue creado para agilizar la presentación del Formulario 572. Quienes hagan la presentación mediante el SIRADIG deben hacerlo hasta el 31 de marzo de cada año. Ahora bien, ¿a quiénes les corresponde realizar la presentación con el SIRADIG?
- Quienes tengan ingresos por cargos públicos nacionales, provinciales, municipales y de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, sin excepción, incluidos los cargos electivos de los Poderes Ejecutivos, Legislativos y del Poder Judicial de La Nación, cuando su nombramiento hubiera ocurrido a partir del año 2017, inclusive.
- Los empleados en relación de dependencia, aun cuando en el período fiscal no tengan ingresos, deducciones y/o nuevas cargas de familia.
- Los socios de cooperativas de trabajo, excepto los consejeros.
- Los actores que perciban retribuciones a través de la Asociación Argentina de Actores
- Los jubilados, pensionados, quienes tengan retiros o subsidios de cualquier especie en cuanto sean por su trabajo personal y siempre que hayan estado sujetos al pago del impuesto. También están incluidos quienes perciban bajo la modalidad de renta vitalicia provisional y sean administrados por entidades sujetas al control de la Superintendencia de Seguros de la Nación.
¿Cómo se realiza la presentación del formulario F572 mediante la SIRADIG?
Como te prometimos al inicio de este artículo, a continuación te vamos a explicar paso a paso cómo se realiza la presentación del Formulario 572 mediante el SIRADIG ¡Tomá nota!
Para poder realizar la presentación del formulario F572, lo primero que necesitás es tener a mano tu CUIT / CUIL / CDI, tu clave fiscal de la AFIP habilitada con nivel de seguridad 3 y tener habilitado el servicio “SIRADIG – Trabajador”. En el caso de que no cuentes con la habilitación de este servicio, tenés que darlo de alta a través del Administrador de relaciones de clave fiscal.
Pasos para realizar la presentación del formulario F572 SIRADIG – Trabajador ante AFIP
Paso 1
Entrá en la página de AFIP (http://www.afip.gob.ar) en la sección de “Acceso con clave fiscal”.
Vas a ver un listado de servicios, seleccioná “SIRADIG – Trabajador”.
Paso 2
Ingresá al servicio, seleccioná tu nombre y apellido, y la opción “Crear Borrador”.
Paso 3
Comenzá por la pestaña “Datos Personales”. Si la AFIP ya los tiene registrados, se mostrarán. Verificá que sean correctos. En el caso de que sean incorrectos, podés modificarlos. Si no te aparecen tus datos, completalos. Hacé clic en guardar y luego volvé al menú principal.
Paso 4
En el Menú principal, continuá por la pestaña “Empleadores”. Para completarlo tené a mano tu recibo de sueldo con estos datos:
• CUIT del Empleador.
• Fecha de Inicio de la relación laboral.
En la opción “¿Es agente de retención?”, tenés que seleccionar SI. Si tenés más de un empleador, seleccioná como tu agente de retención del Impuesto aquel que te paga el mayor sueldo bruto.
Paso 5
El sistema te mostrará la información que ingresaste. Si solo tenés un empleador, hace clic en “Volver al Menú”. Si tenés más de uno, ingresá en “Nuevo Empleador” y completá nuevamente
Paso 6
Si tenés más de un empleador, en la pantalla de pluriempleo, completá los mismos datos que el empleador principal, pero poné NO en “agente de retención”.
Además, en este caso tenés que informar todos los meses el sueldo cobrado en este empleo, a través de la pestaña “Alta de Importes Mensuales”. Los datos los completás con tu recibo de sueldo mensual.
Paso 7 – Carga del formulario
Comenzá por detalles de las cargas de familia, para agregar a tus familiares a cargo (Tené en cuenta que no tienen que tener ingresos superiores al mínimo no imponible).
Luego, seguí por el importe de las ganancias liquidadas en el transcurso del período fiscal por otros empleadores o entidades. Si tenés más de un empleo, acá es donde tenés que cargar los sueldos todos los meses.
• Ingresá en Deducciones y desgravaciones. Completá los rubros que correspondan según tu situación. En cada caso, tené en cuenta los topes máximos anuales, indicá el período mensual o la fecha desde/hasta, informá el monto y conservá los comprobantes que lo respalden.
Podés incluir:
- Cuota médico asistenciales (medicina prepaga, o cuota que exceda el aporte obligatorio a la obra social).
- Aporte a sociedades de garantía recíproca.
- Intereses de préstamos hipotecarios.
- Alquileres.
- Primas de seguro para el caso de muerte (seguro de vida).
- Gastos médicos y paramédicos.
- Deducción del personal doméstico.
- Gastos de sepelio (personas a cargo).
- Vehículos de corredores y viajantes de comercio.
- Donaciones.
- Gastos de movilidad de viajantes.
- Otras deducciones. Aquí podes poner: aportes jubilatorios para la ANSES, aportes a Cajas de jubilación provinciales, Impuesto al cheque, entre otras.
Paso 8
Los jubilados y quienes viven en la Patagonia tienen que ingresar en la opción “Beneficios”, hacer clic en Trabajador Zona Patagónica y Jubilados / Pensionados y completar la información solicitada para acceder a la deducción especial para estos grupos (que es más alta que para el resto de los trabajadores y les permite pagar menos impuestos).
Paso 9
En la pestaña “Otras retenciones, percepciones y pagos a cuenta”, cuando seleccionás la opción “Agregar Retenciones / Percepciones / Pagos a Cuenta”, se desplegará un menú y podrás ingresar:
- Impuesto a los créditos y débitos (impuesto al cheque).
- Percepciones/retenciones aduaneras.
- Pago a Cuenta – Resolución General (AFIP) 3819-2015.
Paso 10
Al terminar de cargar todos los datos, seleccioná Guardar, y luego, “Vista Previa”.
Vas a ver el formulario con los datos. Presioná Enviar al Empleador para informar los datos y que sean tomados en tu liquidación mensual del Impuesto a las Ganancias. Confirmá con Generar presentación.
Este formulario lo podés hacer todos los meses. Tené en cuenta el límite del 31 de marzo del año siguiente para lo que te falte. Las percepciones del 30% y 35% de AFIP por operaciones con moneda extranjera, se pueden cargar por mes, pero recién son tenidas en cuenta al momento de la liquidación anual.
¿Cuáles son los beneficios de realizar el SIRADIG?
Llegado este punto te preguntarás ¿Y para qué me sirve hacer la presentación del SIRADIG? El principal beneficio de realizar la presentación ante la AFIP del SIRADIG– Trabajador es que te da la posibilidad como contribuyente de deducir ante el régimen de impuesto a las ganancias ciertos gastos ocurridos en el período fiscal.
Dato clave: si no completás el F. 572 web, tu empleador no tomará ninguna de tus deducciones personales y pagarás más por el Impuesto a las Ganancias
En conclusión
Como vimos a lo largo del artículo, la presentación del formulario F572 SIRADIG ante AFIP es beneficioso para los contribuyentes porque les permite disminuir el monto a pagar en el Impuesto a las Ganancias, Es por eso que esperamos que hayas podido entender bien qué es, para qué sirve, y cómo realizar tu presentación con estos 10 simples pasos.
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