En esta nota vamos a hablar sobre el IVA listo y repasar algunos temas que están relacionados. ¿Qué es ? ¿En qué consiste? ¿Es obligatorio? ¿Qué sujetos lo pueden aplicar? ¡Seguí leyendo y enterate de más!
¿Qué es el Libro IVA Digital?
Antes de contarte qué es el IVA listo, vamos a explicarte qué es el Libro IVA Digital ya que están relacionados.
El Libro IVA Digital es obligatorio a partir de la sanción de la Resolución General 4597 de AFIP, sancionada el 29/09/2019 y consiste en un régimen de registración electrónica de operaciones de venta, compra, cesiones, exportaciones e importaciones definitivas de bienes y servicios, locaciones y prestaciones.
En síntesis, se trata de un régimen de información que consiste en presentar el detalle de cada una de las ventas y compras efectuadas por el contribuyente en un determinado mes.
Antes de la vigencia del Libro IVA Digital, existía el régimen “Citi Ventas y Citi Compras” establecido por la Resolución General 1415 de AFIP, que consistía en informar todas y cada una de las compras y ventas de cada contribuyente en forma mensual. Se presentaba a través de un aplicativo de AFIP. En el aplicativo se cargaba o se importaba cada compra y venta del mes y una vez que estaba cargada, se generaba la declaración jurada que se presentaba a la página de AFIP con CUIT y clave fiscal.
Podemos decir que el Libro IVA Digital no se trata de algo nuevo, sino un régimen que reemplaza otro anterior de similares características en cuanto a la información que debe cargarse. La diferencia radica en la forma de presentación. Antes se presentaba por declaración jurada que se generaba por aplicativo. El IVA Digital permite la carga “en línea” de la información, directamente en la página de AFIP. Incluso permite importar los comprobantes electrónicos que están en la página de AFIP.
¿Cómo se relacionan el Libro IVA Digital y el IVA listo?
Ahora bien, nos preguntamos, ¿qué relación existe entre el IVA Digital y el IVA listo? Los contribuyentes inscriptos en el impuesto al valor agregado, obligados a registrar electrónicamente sus operaciones a través del “Libro de IVA Digital”, pueden presentar la declaración jurada mensual determinativa del impuesto al valor agregado de manera simplificada, ingresando al servicio con clave fiscal “Portal IVA”.
Podemos decir entonces que el IVA listo es un procedimiento simplificado de la presentación de la declaración jurada mensual de IVA para aquellos sujetos que revisten la condición de responsable inscripto en este impuesto.
Pero se trata de una modalidad optativa. No es obligatoria. Esto significa que un responsable inscripto en IVA se encuentra obligado a presentar el Libro IVA Digital para informar sus comprobantes de compras y ventas, pero puede optar por presentar la declaración jurada de IVA mediante IVA listo, o mediante “Mis Aplicaciones Web” o por aplicativo de SIAP, de corresponder.
¿Quiénes quedan excluidos de la presentación de esta declaración jurada?
Como explicábamos, se trata de una metodología de presentación de la declaración jurada de IVA optativa para el contribuyente. Pero aun así hay sujetos que no pueden hacer uso de esta opción, quedan excluidos. Estos contribuyentes son:
– Quienes estén inscriptos en más de una actividad económica
– Los que tengan pagos a cuenta del Impuesto al Valor Agregado
– Quienes hayan solicitado el beneficio del pago del IVA diferido
– Quienes aún se encuentren obligados a presentar la declaración jurada de IVA mediante aplicativo SIAP.
Estos son:
a) Empresas promovidas.
b) Proveedores de empresas promovidas.
c) Contribuyentes que realicen operaciones de exportación.
d) Responsables que soliciten reintegros por operaciones de bienes de capital.
e) Sujetos con «Régimen de Reintegro de Retenciones Agropecuarias».
f) Sujetos adheridos al «Régimen Agropecuario con Pago Anual».
g) Sujetos alcanzados por los beneficios de la Ley 25.080 – Inversiones para bosques cultivados.
h) Sujetos alcanzados por los beneficios de la Ley 26.093 – Régimen de regulación y promoción para la producción y uso sustentables de biocombustibles.
i) Sujetos alcanzados por los beneficios de la Ley 26.190 – Régimen de fomento nacional para el uso de fuentes renovables de energía destinadas a la producción de energía eléctrica.
j) Sujetos alcanzados por los beneficios de la Ley 26.566 – Actividades que permitan concretar la extensión de la vida de la Central Nuclear Embalse.
¿Cómo presentar el IVA listo?
A continuación te contamos paso a paso cómo presentar esta declaración:
1- Ingresá con CUIT y clave fiscal a la página de la AFIP.
2- Ingresá a la opción “Portal IVA”. Una vez adentro, obtendrás la declaración jurada preliminar determinativa del impuesto al valor agregado, confeccionada por el mismo sistema conforme a las operaciones declaradas en el Libro IVA digital del mismo período mensual. Además, vas a poder visualizar las retenciones y/o percepciones informadas a AFIP.
Cabe aclarar que esta declaración jurada no se presenta automáticamente. Deberás analizar, verificar que los importes sean correctos y que el traslado de saldos a favor de la declaración jurada mensual del período inmediato anterior sea correcto.
Recién ahí podrás realizar los ajustes y modificaciones que consideres necesarios. Es recomendable cotejar las retenciones y percepciones de IVA que aparecen informadas con las que tiene registradas en su sistema contable. De realizarse modificaciones a esta declaración jurada preliminar, salimos del procedimiento IVA listo.
3- Por último, tenés que confirmar la declaración jurada mensual y se generará el formulario F. 2082 que se envía a la AFIP por transferencia electrónica de datos.
También hay que tener en cuenta que para que el sistema permita la presentación de la declaración jurada por el procedimiento IVA listo, deberá estar presentada la declaración jurada mensual del período inmediato anterior, ya sea por esta modalidad o por “Mis Aplicaciones Web”.
¿Se puede rectificar el IVA listo?
Si, se puede rectificar siempre y cuando el contribuyente haya presentado la declaración jurada original por este procedimiento.
También hay que tener en cuenta que para la rectificación de la declaración jurada por diferencias en operaciones de ventas y compras respecto de la presentación original, (saldo técnico de IVA), deberemos rectificar además la presentación del Libro IVA Digital.
Esto se debe a que necesitan coincidir las cifras de IVA crédito e IVA débito fiscal en la declaración jurada de IVA mensual y lo presentado en el régimen de información del Libro IVA Digital.
Por último, cabe aclarar que el pago del saldo resultante de la declaración jurada se realiza en las fechas de vencimiento previstas por AFIP y a través de las modalidades de pago establecidas, sin importar el procedimiento utilizado para la presentación de la declaración jurada.
Conclusión
Con el IVA listo podemos ver que cada vez hay mayores avances respecto de la digitalización en cuanto a la información que los organismos de recaudación impositivo conocen de los contribuyentes y la tienen a su alcance.
La facturación digital permite conocer operaciones de compras y ventas que se encuentran automáticamente informadas a la AFIP. Esto a su vez permite simplificar la presentación del régimen de información Libro IVA Digital, y ahora, el IVA listo.
El IVA listo es un procedimiento simplificado de la presentación de la declaración jurada mensual de IVA para aquellos sujetos que revisten la condición de responsable inscripto en este impuesto. Se encuentra relacionado con el Libro IVA Digital, porque quienes lo presentan, no realicen más de una actividad y no hayan optado por el diferimiento del IVA, pueden presentar la declaración jurada mensual de IVA mediante el IVA listo.
Se trata de una modalidad optativa para el contribuyente. No es obligatoria.
Ingresando a Portal IVA, el sistema pone a disposición del contribuyente una determinación predeterminada de declaración jurada de IVA que el contribuyente deberá analizar y confirmarla o modificarla previamente a su presentación definitiva.
Como siempre destacamos, resulta imprescindible contar con un sistema contable como Xubio, que nos permita contar con la información ordenada a efectos de controlar fácilmente, con la menor posibilidad de errores y reduciendo el tiempo del control, a efectos de controlar que lo AFIP pone a disposición del contribuyente sea razonable y acorde a los movimientos contabilizados en nuestro sistema.
Este proceso de control es indispensable tanto para el régimen de información Libro IVA Digital como para la presentación del IVA listo. Si querés conocer más sobre este tipo de soluciones de gestión, te recomendamos que ingreses a xubio.com.
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